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Reunificación Familiar

En mayo de 2023, DHS anunció nuevos procesos de reunificación familiar para ciertos nacionales de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras, y para sus familiares inmediatos, que tengan peticiones basadas en la familia aprobadas presentadas en su nombre por un ciudadano o residente permanente legal de Estados Unidos.

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Elegibilidad

 

para ser Peticionario

  • Usted es un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal de Estados Unidos (tiene una tarjeta de residente permanente);

  • Presentó el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, para un beneficiario principal y USCIS lo aprobó;

  • Recibió una invitación por escrito para presentar un Formulario I-134A para solicitar convertirse en una persona de apoyo e iniciar el proceso FRP a nombre del beneficiario principal de su Formulario I-130 aprobado y los familiares inmediatos de este.

  • No se le había expedido una visa de inmigrante al beneficiario principal al momento en que se le emitió a usted la invitación para presentar el Formulario I-134A.

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para ser Beneficiario

  • Estar fuera de Estados Unidos;

  • Ser el beneficiario principal o derivado de un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero;

  • Ser un nacional de un país que tenga un proceso de permiso de reunificación familiar o ser un beneficiario derivado de un beneficiario principal;

  • Tener un familiar peticionario (usted) en Estados Unidos que recibió una invitación para iniciar el proceso FRP a nombre de este;

  • No habérsele expedido una visa de inmigrante cuando se le expida la invitación a usted; y

  • Tener un pasaporte vigente y válido para viaje internacional.

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Quién No Es Elegible

DHS considerará a un beneficiario como inelegible bajo estos procesos si el beneficiario:

  • Ha cruzado irregularmente a Estados Unidos entre puertos de entrada estadounidenses, después del 10 de Julio de 2023 excepto que DHS no considerará que un beneficiario no es elegible a base de un solo caso de salida voluntaria, de conformidad con la sección 240B de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) o el retiro de su solicitud de admisión, de conformidad con la sección 235(a)(4) de INA;

  • Ha sido interceptado en el mar después del 10 de Julio de 2023; o

  • Se ha ordenado su remoción de Estados Unidos en algún momento durante los cinco años anteriores o está sujeto a un veto de inadmisibilidad a base de una orden de remoción anterior.

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El Proceso

 

Paso 1Se envía la invitación al peticionario

La invitación informará al peticionario sobre los próximos pasos para iniciar este proceso, incluidas las instrucciones sobre la documentación para incluir en su Formulario I-134A

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Paso 2: El peticionario presenta el Formulario I-134A en línea.

  • Después de recibir una invitación, el peticionario ciudadano estadounidense o residente permanente legal de Estados Unidos que presentó el Formulario I-130 aprobado a nombre de los beneficiarios presentará un Formulario I-134A para cada beneficiario con USCIS a través del portal web en línea myUSCIS para iniciar este proceso

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Paso 3: El beneficiario proporciona electrónicamente información que respalde la solicitud

  • El beneficiario debe confirmar la información biográfica y dar fe de cumplir con los requisitos de elegibilidad antes de que CBP considere si emitirá o no una autorización anticipada de viaje al beneficiario.

  • El beneficiario también deberá dar fe de haber completado un examen médico con un médico de panel y que ha recibido ciertas vacunas. El examen médico debe realizarse antes de que el beneficiario pueda completar las certificaciones en myUSCIS.

 

Paso 4:  El beneficiario presenta una petición en la aplicación móvil CBP

  • Después de que el beneficiario confirme su información biográfica y complete las certificaciones de elegibilidad requeridas, USCIS publicará instrucciones en la cuenta en línea del beneficiario sobre cómo acceder a la aplicación móvil CBP One (PDF, 770.38 KB). El beneficiario debe ingresar cierta información biográfica en CBP One y proporcionar una foto

 

Paso 5: El beneficiario recibe autorización anticipada de viaje para viajar a Estados Unidos.

  • Después de completar el Paso 4, CBP, a su discreción, publicará una notificación en la cuenta en línea del beneficiario confirmando si CBP decidió emitir una autorización anticipada para viajar a Estados Unidos para solicitar una concesión del permiso de permanencia temporal, caso por caso, en un puerto de entrada interior.

  • Si se aprueba, esta autorización es válida por 90 días. Los beneficiarios son responsables de asegurar su propio viaje por vía aérea comercial a Estados Unidos. La aprobación de la autorización anticipada para viajar no garantiza la entrada o permiso de permanencia temporal a Estados Unidos en un puerto de entrada estadounidense

  • Los niños menores de 18 años deben viajar a Estados Unidos con y bajo el cuidado y custodia de un padre o tutor legal y poder proporcionar documentación para confirmar la relación.

 

Paso 6:  El beneficiario solicita el permiso de permanencia temporal en el puerto de entrada

  • CBP inspeccionará a cada beneficiario que llegue a un puerto de entrada bajo este proceso y considerará a cada persona, caso por caso, para la otorgación del permiso de permanencia temporal discrecional por un período de hasta tres años.

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Paso 7:  El beneficiario recibe el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.

  • Un beneficiario al que se le otorgue el permiso de permanencia temporal bajo estos procesos generalmente recibirá dicho permiso de permanencia temporal en Estados Unidos por un período de hasta tres años, sujeto a los requisitos de salud e investigación aplicables.

  • El beneficiario al que se le concede el permiso de permanencia temporal puede solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, ya sea en línea o por correo.

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Costo de Presentación a USCIS - No hay costo

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Nuestro Servicio:

​

  • Completar todos los formularios relevantes y enviárselos para su firma.

  • Recopilar los documentos de apoyo necesarios.

  • Enviando su paquete de solicitud.

  • Las tarifas de presentación de solicitudes cobradas por el gobierno no están incluídas en el precio

del plan (Eso sólo cubre nuestro trabajo de preparación de formularios).

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  • 🖊 📋 Después de realizar el primer pago, le enviaremos por correo electrónico una

Autorización /contrato que puede firmar electrónicamente.

 

  • Luego, le enviaremos por correo electrónico un enlace a nuestro formulario para

recopilar la información necesaria para comenzar su Trámite.

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