USCIS Actualiza sus Tarifas
- Fabiana Adamo
- 20 jul
- 2 Min. de lectura
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos ha publicado una notificación en el Registro Federal (FRN) basándose en la Ley de Reconciliación H.R.1 (H.R.1). Los solicitantes deben enviar las nuevas tarifas con las solicitudes de beneficios matasellados en o después 22 de julio de 2025. USCIS rechazará todo formulario presentado después del 21 de agosto de 2025 que no incluya las tarifas apropiadas.
Las nuevas tarifas en esta FRN son:
Una nueva tarifa de $100 para los extranjeros que presentan el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción;
La tarifa anual de asilo (AAF) de $100 (que debe pagarse en línea) para todos los extranjeros que tengan un Formulario I-589 pendiente por cada año calendario que su solicitud siga pendiente;
Una nueva tarifa para los extranjeros que presentan el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para las categorías de asilo, permiso de permanencia temporal y Estatus de Protección Temporal (TPS). Las categorías son (a)(4), (a)(12), (c)(8), (c)(11), (c)(19) y (c)(34). Las tarifas son:
$550 para solicitudes de EAD iniciales; y
$225 para solicitudes de renovación o extensión de EAD.
Solo hay una excepción para estas tarifas. Si un extranjero solicita un EAD después de que aprobemos un nuevo periodo de permiso de permanencia temporal (“re-parole”) mediante la presentación del Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viajes, Permisos de Permanencia Temporal y Registros de Entrada/Salida, la tarifa será de $275, la más baja del H.R. 1;
Una nueva tarifa de Joven Inmigrante Especial de $250 para cualquier extranjero que presente un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo o Inmigrante Especial, en calidad de joven inmigrante especial;
Aumento en el costo máximo para registrarse para TPS utilizando el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal, de $50 a $500.

Todo extranjero que presentó o presente un Formulario I-589 después del 1 de octubre de 2024 y siga en trámite con USCIS por 365 días debe pagar la tarifa anual de asilo a partir del primer aniversario de su fecha de presentación y luego ese día en cada año calendario mientras la solicitud siga pendiente. La primera vez que la tarifa anual de asilo deba pagarse, los extranjeros que solicitan asilo no necesitan monitorear el tiempo que su solicitud ha estado pendiente y si el AAF les aplica a ellos. USCIS emitirá notificaciones a los extranjeros cuando venza su tarifa anual de asilo, que incluirán el monto de la tarifa, cuándo se debe pagar, cómo se debe pagar la tarifa y las consecuencias de no pagarla. USCIS proporcionará guías para los pagos de la tarifa anual de asilo de años futuros en publicaciones posteriores.
La H.R. 1 también cambió los periodos de validez de algunas categorías de EAD. Para los extranjeros con permiso de permanencia temporal (“parolees”), la autorización inicial de empleo es válida por un periodo que no se excederá de un año o por la duración del permiso de permanencia temporal del extranjero, lo que sea más breve. Para los extranjeros que tienen TPS, las autorizaciones de empleo iniciales y de renovaciones de EAD son válidas por no más de un año o por la duración del estatus de TPS del extranjero, lo que sea más breve.
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